LA VENTA DEL FONDO DEL SEGURO EN EL PLAN FISCAL

En el reciente plan fiscal presentado por el gobierno ante la Junta de Control Fiscal para su certificaci贸n, se incluy贸 a la CFSE en el listado para venta. Enti茅ndase, que una vez certificado el Plan Fiscal, la Junta de Control Fiscal o el gobierno a su voluntad podr谩n realizar la desmantelaci贸n del sistema en un a帽o.

Ante esa amenaza velada, la Asociaci贸n no est谩 de brazos cruzados. Nos encontramos inmersos en la coordinaci贸n de cursos de acci贸n tanto en el tribunal federal de quiebras bajo el Titulo III de la ley PROMESA, junto a otras acciones concertadas. Lleg贸 el tiempo y espacio en que se amenaza seriamente nuestra vida laboral y nuestro centro de trabajo. Por tal raz贸n, impera la orientaci贸n para aquellos compa帽eros y compa帽eras gerenciales no afiliados a nuestra organizaci贸n, a que se afilien y se unan a la causa para la permanencia de la Corporaci贸n del Fondo del Seguro del Estado y por ende, sus ingresos y su seguridad de empleo.

La Asociaci贸n ha estado prepar谩ndose para este terrible momento. Para eso hemos contratado economistas y abogados de calibre nacional. Los modelos de lucha simb贸licos aunque no los hemos descartado, han sido sustitu铆dos por modelos de ejecuci贸n. No hay espacio para estar de brazos cruzados. Nuestra Organizaci贸n est谩 inmersa en el dise帽o de estrategias jur铆dicas y econ贸micas basada en la obligaci贸n social del Estado y lo que la CFSE representa.

DEMANDA POR DESCUENTO ARBITRARIO A LA LICENCIA DE VACACIONES.

Tanto el caso en que la Asociaci贸n representa a los asociados y asociadas de la Comisi贸n Industrial, como a los de la CFSE, se han expedido determinaciones ajustadas a que los casos contin煤en su curso. En el caso de la Comisi贸n Industrial frente al gobernador, el Tribunal Apelativo (TA) revoc贸 al Tribunal de Primera Instancia (TPI) para que 茅ste permitiera que el caso se atienda en sus m茅ritos.

En el caso de la Asociaci贸n contra el Adiministrador de la CFSE, el TPI ha declarado NO HA LUGAR las alegaciones de la representaci贸n legal del Administrador, para que el caso no sea atendido en sus m茅ritos.

Aunque tales determinaciones no garanticen que la Asociaci贸n prevalezca en ambos casos, nos satisface que nos permitan presentar nuestros argumentos jur铆dicos sobre nuestro derecho propietario a la licencia de vacaciones acumuladas, y la accci贸n arbitraria de descuentos contrario a derecho.

Felicitamos a nuestro equipo legal por su excelente trabajo.

DEMANDA POR RECLAMO DE UNIFORMES

El Tribunal de Primera Instsncia emti贸 una orden al Administrador de la CFSE, para que 茅ste muestre el estatus de la entrega de uniformes para nuestros profesionales de la salud y dem谩s personal que se le impone su uso. El Administrador de la CFSE ha incumplido por dos (2) a帽os la entrega de uniformes al personal que amenaza en disciplinarlos en caso de no usarlos mediante una reglamentaci贸n de vestimenta. Ante nuestra acci贸n legal, el Administrador a trav茅s de su representaci贸n legal argument贸 en su defensa estar en la “etapa de subasta” . La pregunta obligada es; 驴Necesita el Administrador dos (2) a帽os para formalizar una subasta, o es una respuesta obligada ante la demanda?

La utilizaci贸n de uniformes sin ser un mandato legal, ser铆a prioridad para una administraci贸n con real inter茅s de mantener una representaci贸n institucional profesional adecuada en el servicio que se presta. El menester de la Asociaci贸n recurrir a los tribunales para obligar a la administraci贸n a proveelos por mandato de un tribunal, la coloca en una posici贸n de ineficiencia. Estamos seguros que subastas o la consideraci贸n de propuestas para relacionistas p煤blicos o asesores legales externos, no tardan en formalizarce dos (2) a帽os. Es por esta raz贸n, la importancia de estar organizados en la Asociaci贸n.

A todo asociado y asociada, nos corresponde de forma reiterada orientar al no afiliado, que es hora de unirse a la causa y no mantenerse esperando que otros luchen por ellos sin hacer ninguna aportaci贸n. La lucha ser谩 ardua y onerosa, pero no claudicaremos.