TRASLADOS Y REUBICACIONES

Ante el cierre de dispensarios y oficinas regionales, la reubicaci贸n y traslados se diferencian en sus acciones y conceptos jur铆dicos.

Como derecho laboral, se condicionan en su protecci贸n legal por criterios rectores similares como son la arbitrariedad, abuso de autoridad y el discrimen en sus diferentes vertientes, pero por acciones y evaluaciones distintas.

El cierre permanente de la Oficina Regional de San Juan, constituy贸 una acci贸n caprichosa de la autoridad nominadora por lo que la ubicaci贸n de los empleados y empleadas se tornan permanentes. A tales efectos, todo asociado o asociada, deber谩 solicitar por escrito, que se realice su nombramiento de forma oficial a la oficina regional o dispensario de su preferencia. Ante una denegaci贸n de traslado, la Asociaci贸n intervendr谩 para que la admnistraci贸n pruebe la razonabilidad de su decisi贸n.

Por otro lado, las asociadas y asociados que pertenecen a la Oficina Central, se recomienda soliciten por escrito una reubicaci贸n a la oficina regional o dispensario de su preferencia, pero al ser de forma temporera, la misma supone una vigencia hasta tanto la administraci贸n tome una determinaci贸n final sobre el edificio de la Oficina Central. En este caso, se recomienda que en la solicitud, haga constar las razones por lo cual peticiona la reubicaci贸n.

De solicitar un traslado permanente, deber谩 cumplimentar el formulario oficial accesible en la p谩gina virtual de la CFSE. De haber denegaci贸n sobre la solicitud, la Asociaci贸n luego de evaluado el caso en los m茅rtos, intervendr谩.

Cualquier duda, la podr谩 enviar por nuestro correo electr贸nico asociaciongerencialescfse@gmail.com

隆EN LA ASOCIACI脫N, EL SERVICIO ES UN PRINCIPIO INSTITUCIONAL!