Convocan al gobernador electo

Lcdo. Jos茅 E. Ort铆z

San Juan , PR. El presidente de la Asociaci贸n de Empleados Gerenciales de la Corporaci贸n del Fondo del Seguro del Estado, Jos茅 E. Ortiz Torres, inst贸 al gobernador electo Pedro Pierluissi a presentar un recurso de revisi贸n en el Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos basada en la decisi贸n de la juez, Laura Taylor Swain sobre la Ley 176 de 2019, la cual enmienda  la Ley 8 de 2017, (Ley para la Administraci贸n y Transformaci贸n de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico) y la Ley 26 de 2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal).  Dicha ley dispone sobre la acumulaci贸n de d铆as vacaciones y  enfermedad de los empleados p煤blicos, y nada sobre el desembolso de fondos p煤blicos adicionales a los ya presupuestados.  Ortiz Torres, indic贸 que el Tribunal err贸 en cuanto a su interpretaci贸n de las facultades de la Junta de Supervisi贸n Fiscal amparadas en la Ley PROMESA, la cual se limita en este caso al cumplimiento de planes fiscales certificados. Con dicha decisi贸n, la juez autoriz贸 a la JSF a disponer  medidas de eficiencia en el servicio p煤blico a base de la cantidad de d铆as de vacaciones o enfermedad que acumule un empleado, sin evidencia emp铆rica de cada agencia o corporaci贸n p煤blica basado en la naturaleza del servicio que prestan. Ortiz Torres a帽adi贸, que los planes de vacaciones son instrumentados mediante la reglamentaci贸n de personal basado en an谩lisis de la naturaleza y demanda de servicios, incluyendo la cantidad de empleados necesarios y disponibles.  Permitir que la JSF se arrogue el determinar la pol铆tica de acumulaci贸n de licencias en las agencias y corporaciones p煤blicas, es una autorizaci贸n expresa a la administraci贸n de los recursos humanos de las entidades p煤blicas que le corresponde al Gobierno como patrono, adem谩s de no ser una facultad concedida por la Ley PROMESA.

Seg煤n Ortiz Torres, de acuerdo a la Ley PROMESA, la JSF s铆 podr铆a presentar una contenci贸n legal sobre la liquidaci贸n en pago por d铆as acumulados en caso de impactar los estimados fiscales, lo que la ley 176-2019 no contempla.  No obstante, disponer sobre la eficiencia de servicios por d铆as acumulados en licencia de los servidores p煤blicos, constituye una intromisi贸n contraria a derecho de conformidad a la Ley PROMESA. Para Ortiz Torres, la objeci贸n de la JSF sobre la acumulaci贸n de vacaciones y d铆as por enfermedad es una de 铆ndole filos贸fica neoliberal, enfoque que no es su discreci贸n imponerlo a base de sus facultades jur铆dicas.  De permitirse, representar铆a una acci贸n irrazonable e irracional, representando un peligro para el pa铆s.

Para finalizar, Ortiz Torres acot贸, que de prevalecer la determinaci贸n de la juez Tailor Swain, su efecto ser铆a prospectivo y no retroactivo, ya que en t茅rminos jur铆dicos la ley fue anulada pero no declarada nula, lo que en derecho tiene resultados distintos.  En consecuencia, la determinaci贸n del Tribunal no afectar铆a los d铆as acumulados a partir de la vigencia de la ley, y cesar铆a la acumulaci贸n dispuesta por la ley 176 de 2019, una vez la determinaci贸n judicial sea final y firme. Exhort贸 a los servidores p煤blicos que trabajaron en la campa帽a del gobernador electo, a reclamarle en justicia una acci贸n legal para defender sus derechos adquiridos, siendo esta su primera prueba frente a la JSF.

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