TRASLADOS Y REUBICACIONES

Ante el cierre de dispensarios y oficinas regionales, la reubicación y traslados se diferencian en sus acciones y conceptos jurídicos.

Como derecho laboral, se condicionan en su protección legal por criterios rectores similares como son la arbitrariedad, abuso de autoridad y el discrimen en sus diferentes vertientes, pero por acciones y evaluaciones distintas.

El cierre permanente de la Oficina Regional de San Juan, constituyó una acción caprichosa de la autoridad nominadora por lo que la ubicación de los empleados y empleadas se tornan permanentes. A tales efectos, todo asociado o asociada, deberá solicitar por escrito, que se realice su nombramiento de forma oficial a la oficina regional o dispensario de su preferencia. Ante una denegación de traslado, la Asociación intervendrá para que la admnistración pruebe la razonabilidad de su decisión.

Por otro lado, las asociadas y asociados que pertenecen a la Oficina Central, se recomienda soliciten por escrito una reubicación a la oficina regional o dispensario de su preferencia, pero al ser de forma temporera, la misma supone una vigencia hasta tanto la administración tome una determinación final sobre el edificio de la Oficina Central. En este caso, se recomienda que en la solicitud, haga constar las razones por lo cual peticiona la reubicación.

De solicitar un traslado permanente, deberá cumplimentar el formulario oficial accesible en la página virtual de la CFSE. De haber denegación sobre la solicitud, la Asociación luego de evaluado el caso en los mértos, intervendrá.

Cualquier duda, la podrá enviar por nuestro correo electrónico asociaciongerencialescfse@gmail.com

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